CONSAR modifica disposiciones sobre agentes promotores de Afores
En pocas palabras
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) modifica y adiciona disposiciones de carácter general aplicables a Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) respecto de sus Agentes Promotores, ampliando el catálogo de conductas prohibidas (art. 42, ahora con fracciones IV a XXVI), creando la figura del 'Observador de Integridad y Malas Prácticas' y adicionando el Capítulo IV Bis (artículos 58 bis, ter, quáter y 59 bis). Aplica principalmente al sector financiero de pensiones, sin impacto directo en empresas manufactureras de exportación, salvo relación con administración de fondos de retiro de sus empleados.
Título oficial
Modificaciones y adiciones a las Disposiciones de carácter general a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro en relación con sus agentes promotores.