CONUEE emite disposiciones para registro UPAC y Sistemas de Gestión de la Energía
En pocas palabras
La CONUEE publica disposiciones que obligan a las personas usuarias de patrón de alto consumo (UPAC) a registrarse e implementar Sistemas de Gestión de la Energía. Se considera UPAC a quien supere un consumo anual de electricidad de 45 GWh o de combustibles de 70,000 barriles equivalentes de petróleo (bep), excluyendo energéticos para transporte. Terceros Informantes (proveedores de energía, dependencias públicas) deben reportar datos de identificación como RFC, contacto y consumo por tipo de energético. Empresas manufactureras con alto consumo energético deben verificar si superan estos umbrales y cumplir con el registro obligatorio ante la CONUEE.
Título oficial
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones administrativas de carácter general para el registro de las personas usuarias de patrón de alto consumo de energía y la implementación de Sistemas de Gestión de la Energía.